Impugnación de Paternidad

Un tema que no debería ser complicado  y  al igual que el proceso  de “reconocimiento” también se debería facilitar “la impugnación” lo que no es en la realidad. 

La ciencia ha tenido avances en biología molecular y pruebas de ADN por las cuales se puede determinar que los hijos que presumíamos biológicos (de nosotros) resulten no serlo y poder impugnar (anular) el reconocimiento. 

En este caso el principal obstáculo es el plazo de impugnación, la ley señala que dentro de los 90 días de nacido el niño que usted pretende negar, debe reclamar la IMPUGNACION de lo contrario pierde ese derecho, incluso por más que el ADN demuestre que no es su hijo.

Sin embargo existe un mecanismo legal por el cual siempre y cuando el supuesto hijo sea de corta edad usted pueda negarlo pese de haber pasado más de los 90 días. 

En este caso el abogado especialista va buscar que prevalezca la VERDAD BIOLÓGICA.

También existen casos en que posiblemente usted  pretenda impugnar la falsa paternidad de su hijo biológico que lo ha  firmado una tercera persona, en este caso también se aplican los 90 días, pero con el mecanismo antes mencionado podemos lograr este objetivo.

Este plazo de los 90 días realmente resulta demasiado corto, es obvio que en ese periodo muchas personas no pueden a simple vista determinar que el recién nacido no es su hijo, así que no obstante, si usted está fuera de ese plazo, no dude en contactarnos que garantizamos resolver su problema.